Créditos Fiscales por Energía y Vehículos

Crédito para Mejoras en el Hogar Energéticamente Eficiente
Si realiza mejoras calificadas de eficiencia energética en su hogar, puede calificar para un crédito fiscal de hasta $3,200. El crédito equivale al 30% de los gastos calificados.
Limitaciones anuales
Se aplican las siguientes limitaciones anuales:
- El crédito permitido para bombas de calor y calentadores de agua con bomba de calor, estufas y calderas de biomasa está limitado a $2,000 por año.
- El crédito combinado para todas las mejoras energéticamente eficientes en el hogar (3) a (6) está limitado a $1,200 por año.
- El crédito para lo siguiente está limitado a $600 por año:
- Aires acondicionados centrales.
- Calentadores de agua de gas natural, propano o aceite.
- Hornos de gas natural, propano o petróleo o calderas de agua caliente.
- Componentes eléctricos necesarios para soportar (a) a (c).
- Ventanas y claraboyas.
- El crédito para puertas exteriores está limitado a $250 por año por puerta y $500 en total para todas las puertas.
- El crédito para materiales o sistemas de aislamiento y sellado de aire diseñados específica y principalmente para reducir la pérdida o ganancia de calor está limitado a $1,200 por año.
- El crédito para auditorías de energía en el hogar está limitado a $150 por año.
Costos de mano de obra
Los costos de mano de obra para instalar ventanas, puertas y aislamiento no califican para el crédito.
Solo residencia principal
Para auditorías de ventanas, puertas, aislamiento y energía del hogar, el crédito se aplica solo a los costos asociados con su hogar principal.
Auditorías energéticas domiciliarias
Una auditoría de energía del hogar incluye un informe escrito y una inspección. Las auditorías de energía del hogar deben ser realizadas por un auditor calificado de energía del hogar.
Crédito no reembolsable
Cualquier exceso de crédito no se puede aplicar a años fiscales futuros.
Crédito de Energía Limpia Residencial
Si inviertes en energía renovable para tu hogar, puedes calificar para un crédito fiscal anual de energía limpia residencial.
Gastos calificados
Los gastos calificados incluyen el costo de una nueva propiedad de energía limpia, que incluye:
- Paneles eléctricos solares.
- Pilas de combustible.
- Calentadores de agua solares.
- Tecnología de almacenamiento en baterías con una capacidad de al menos 3 kilovatios hora.
- Aerogeneradores.
- Bombas de calor geotérmicas.
Monto del crédito
El crédito equivale al 30% del costo de una nueva propiedad de energía limpia calificada instalada para su hogar.
Límites para la propiedad de las pilas de combustible
El crédito para la propiedad de celdas de combustible está limitado a $500 por cada medio kilovatio de capacidad.
Crédito no reembolsable
Cualquier exceso de crédito se puede trasladar y aplicar a años fiscales futuros.
Crédito para Vehículos Limpios
Es posible que recibas un crédito si compras un nuevo vehículo eléctrico enchufable (PEV, por sus siglas en inglés) o un vehículo eléctrico de pila de combustible (FCV, por sus siglas en inglés) que califique.
Límites de ingresos
Para calificar para el crédito, su ingreso bruto ajustado modificado (AGI, por sus siglas en inglés) no puede exceder:
- $300,000 MFJ o un QSS,
- $225,000 HOH, o
- $150,000 Sencillo o MFS.
Puede usar su ingreso bruto ajustado modificado desde el año en que recibe el vehículo o el año anterior, lo que sea menor.
Vehículos calificados
Para calificar, un vehículo debe:
- Tener una capacidad de batería de al menos 7 kilovatios hora.
- Tener una clasificación de peso bruto vehicular de menos de 14,000 libras.
- Ser fabricado por un fabricante calificado (PEV).
- Se somete al ensamblaje final en América del Norte.
- Cumpla con los requisitos críticos de minerales y componentes de baterías.
- El precio de venta sugerido por el fabricante (MSRP) del vehículo no puede exceder:
- $80,000 para camionetas, vehículos utilitarios deportivos y camionetas, o
- $55,000 para cualquier otro vehículo.
El vendedor debe reportarle la información requerida a usted en el momento de la venta y al IRS.
Monto del crédito
Si el vehículo cumple solo con el requisito de minerales críticos o el requisito de componentes de la batería, el crédito es de $3,750. Si el vehículo cumple con ambos requisitos, el crédito es de $7,500.
Crédito no reembolsable
Cualquier exceso de crédito no se puede aplicar a años fiscales futuros.
Cesión de crédito
En lugar de tomar un crédito en su declaración de impuestos, puede asignar el crédito al concesionario como una forma de pago parcial o pago inicial del vehículo. Si hace esto pero no califica para el crédito basado en su AGI, tendrá que devolver el crédito cuando presente su declaración de impuestos para el año.
Herramienta de búsqueda
Para averiguar qué vehículos califican para el crédito y el monto del crédito para el que califica el vehículo, vaya a www.fueleconomy.gov/feg/tax2023.shtml.
Crédito para Vehículos Limpios de Propiedad Anterior
Puede recibir un crédito si compra un vehículo eléctrico enchufable (PEV) o un vehículo eléctrico de pila de combustible (FCV) usado y calificado.
Límites de ingresos
Para calificar para el crédito, su ingreso bruto ajustado modificado (AGI, por sus siglas en inglés) no puede exceder:
- $150,000 MFJ o un QSS,
- $112,500 HOH, o
- $75,000 Sencillo o MFS.
Puede usar su ingreso bruto ajustado modificado desde el año en que recibe el vehículo o el año anterior, lo que sea menor.
Vehículos calificados
Para calificar, un vehículo debe:
- Ser un fabricante calificado (PEVs).
- Tener un precio de venta de $25,000 o menos.
- Tener un año de modelo al menos 2 años antes del año calendario en que lo compra. Por ejemplo, un vehículo comprado en 2025 necesitaría un modelo del año 2023 o anterior.
- No haber sido transferido después del 16 de agosto de 2022 a un comprador calificado.
- Tener una clasificación de peso bruto vehicular de menos de 14,000 libras.
- Ser un FCV o PEV elegible con una capacidad de batería de al menos 7 kilovatios hora.
- Ser para uso principalmente en los Estados Unidos. La venta califica solo si:
- Usted compra el vehículo en un concesionario, y
- En el caso de los PEV usados calificados, el concesionario le informa la información requerida en el momento de la venta y al IRS.
Monto del crédito
El monto del crédito es del 30% del precio de venta hasta un crédito máximo de $4,000.
Crédito no reembolsable
Cualquier exceso de crédito no se puede aplicar a años fiscales futuros.
Cesión de crédito
En lugar de tomar un crédito en su declaración de impuestos, puede asignar el crédito al concesionario como una forma de pago parcial o pago inicial del vehículo. Si hace esto pero no califica para el crédito basado en su AGI, tendrá que devolver el crédito cuando presente su declaración de impuestos para el año.
Herramienta de búsqueda
Para saber qué vehículos califican para el crédito, vaya a www.fueleconomy.gov/feg/taxused.shtml.
Crédito no reembolsable
Los créditos de energía y vehículos no son reembolsables y están limitados a la cantidad que adeudas en impuestos sobre la renta. No disminuirán sus impuestos sobre el trabajo por cuenta propia y no pueden devolverle dinero adicional como reembolso.
Contáctenos
Cada decisión financiera que tome a lo largo del año puede afectar su situación fiscal. En FCFS, hacemos más que solo preparar su declaración de impuestos: lo ayudamos a planificar con anticipación de manera estratégica. Con la orientación adecuada, puede evitar costosas consecuencias fiscales y aprovechar las oportunidades clave. Póngase en contacto con nosotros antes de realizar movimientos financieros importantes y deje que FCFS le ayude a mantenerse a la vanguardia con una planificación fiscal inteligente.
- Distribuciones de pensiones o IRA.
- Cambios significativos en los ingresos o deducciones.
- Cambio de trabajo.
- Matrimonio.
- Haber cumplido 59 o 73 años.
- Venta o compra de un negocio.
- Venta o compra de una residencia u otro bien inmueble.
- Jubilación.
- Aviso del IRS u otro departamento de ingresos.
- Divorcio o separación.
- Trabajo por cuenta propia.
- Contribuciones caritativas de propiedad que superen los $5,000.
Este folleto contiene información general para los contribuyentes y no se debe confiar en él como la única fuente de autoridad. Los contribuyentes deben buscar asesoramiento fiscal profesional para obtener más información.
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